¿El humo del vecino llega a tu casa?
Cómo resolver los olores molestos en el edificio
El olor a cigarro, la basura acumulada o una falla de ventilación pueden encender un conflicto entre vecinos. Identificar el origen y acordar medidas verificables permite actuar a tiempo. La Ley de Copropiedad contempla herramientas, pero una multa no es automática.
Son las diez de la noche. Abres la ventana para ventilar y entra humo de cigarro. La cierras, escribes al chat del edificio y, en pocos minutos, aparecen otros reclamos, un supuesto responsable y varias propuestas de multa. La conversación crece; el problema sigue ahí.
La escena es ilustrativa, pero plantea una pregunta muy concreta: ¿qué puede hacer una comunidad cuando el olor de un espacio termina afectando a otro? El primer paso es convertir la molestia en información que permita intervenir.
Antes de apuntar a una puerta, sigue las pistas
Anota cuándo ocurre, cuánto dura, por dónde ingresa y qué efecto tiene. No es lo mismo un episodio aislado que humo que obliga a dejar de usar un dormitorio cada noche. Tampoco es igual un olor presente en una sola terraza que otro detectado en los baños de varios pisos.
Esa diferencia orienta la respuesta. El origen podría estar en una conducta individual, pero también en un ducto, un extractor o una tarea de mantención pendiente. La vivienda más cercana no es necesariamente la responsable.
Cuatro situaciones y un primer paso útil
Si hay olor a gas o humo que podría indicar un incendio, cambia la prioridad: corresponde activar el protocolo de emergencia y contactar los servicios pertinentes. No esperes una respuesta por el canal habitual de reclamos.
Entonces, ¿se puede aplicar una multa?
Puede corresponder si existe una infracción aplicable y respaldada. El artículo 27 de la Ley N° 21.442 protege la tranquilidad, seguridad, salubridad y habitabilidad del condominio. No establece una multa automática por sentir olor a cigarro: los hechos y su afectación deben evaluarse. [1]
Hay dos vías que conviene distinguir. El comité puede imponer las multas contempladas en el reglamento de copropiedad, conforme a las reglas aplicables. Por otra parte, las sanciones del artículo 27 —de 1 a 3 UTM, con eventual aumento por reincidencia en los términos legales— corresponden al Juzgado de Policía Local y son a beneficio municipal. La administración no puede tratarlas como un cobro propio. [1]
La mejor conversación termina con una fecha
Cada persona tiene un papel. El residente describe la molestia; el conserje registra lo que observa, deriva el aviso y entrega los pendientes al siguiente turno; la administración investiga, coordina medidas y responde. Conserjería no debe asumir la tarea de resolver disputas ni determinar sanciones.
“Por favor, solucionen esto” expresa una necesidad, pero deja abierta la gestión. Una respuesta útil indica quién revisará el caso, qué medida se acordó y cuándo se comprobará el resultado. También escucha a la persona señalada y considera los antecedentes que puedan descartar su responsabilidad.
Un ejemplo: coordinar una revisión de la extracción el jueves y comunicar sus resultados el viernes. Después, preguntar a quienes reportaron la molestia si disminuyó. Si persiste, el caso necesita una nueva acción; el silencio del chat no basta para darlo por cerrado.
Información ordenada para convivir mejor
Con Edifito, la comunidad puede apoyarse en Cartas Comunidad para sus comunicaciones, Biblioteca para mantener documentos de consulta y Noticias para difundir recomendaciones generales, según los servicios habilitados. Los antecedentes personales de un reclamo requieren acceso restringido. [2]
Resolver un olor molesto comienza por escuchar y termina por comprobar que algo cambió. Una gestión organizada permite seguir ese recorrido sin perder acuerdos entre mensajes. Conoce las herramientas de Edifito en www.edifito.com.
Fuentes: [1] Ley N° 21.442, arts. 2 N° 5, 8 y 27: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1174663 | [2] Funcionalidades descritas por Edifito: https://www.edifito.com/guia-elaborar-plan-de-emergencia/ | Consulta: 6 de octubre de 2026.







