Las piscinas son lugares muy concurridos en edificios y condominios, especialmente durante el verano, cuando las temperaturas pueden llegar hasta los 40 °C, como ha sucedido en algunos lugares de nuestro país. En este período, tanto niños como adultos aprovechan sus vacaciones para disfrutar de estas instalaciones.
El acceso a las piscinas puede variar según las normativas de cada edificio o condominio. Es importante contar con la autorización correspondiente de los Servicios de Salud, ya que, aunque las piscinas son consideradas privadas, se consideran de uso público restringido, lo que obliga a cumplir con la normativa establecida en el Decreto 209, también conocido como el “Reglamento de Piscinas de Uso Público” (2022).
¿Qué dice esta normativa sobre el mantenimiento y la seguridad de las piscinas en Edificios y Condominios?
Según el Artículo 12° de dicho reglamento, “En toda piscina de uso público se debe realizar al menos 2 verificaciones diarias de la transparencia del agua, una al comienzo y otra hacia la mitad de la jornada de apertura al público.”
Guillermo Márquez, Gerente Comercial de Edifito.com, destaca que durante el verano, los costos de operación de las piscinas tienden a aumentar debido a la mayor necesidad de mantenimiento, limpieza, cloro y horas de filtrado. En algunos casos, los servicios de cuidado son externalizados, con un costo fijo mensual uniforme a lo largo del año.
Márquez señala dos aspectos cruciales en torno a las piscinas: la operación eficiente, que incluye el tiempo de filtrado, operación de los filtros, suministro necesario, cloro y el cumplimiento del Reglamento de Operación de Piscinas, y la seguridad dentro de las instalaciones, eximida de la obligación de contar con personal de vigilancia y salvamento de bañistas si se cumple con el reglamento interno de higiene y seguridad.
En cuanto a la convivencia de los residentes en el área de la piscina, basándonos en el artículo 67°, se establece que el reglamento interno de copropiedad debe incluir claramente los deberes y obligaciones en el uso de esta instalación, considerando aspectos de seguridad y la definición de horarios de uso.
Para la inspección, fiscalización y sanción de las infracciones, el Servicio de Salud es el encargado según el artículo 83° del mismo reglamento. Para evitar sanciones e infracciones es crucial el mantenimiento adecuado y el cumplimiento de las normativas fundamentales para asegurar el disfrute seguro y placentero de las piscinas durante la temporada alta.