La Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria 21.442 comienza a hacerse efectiva a partir del 13 de abril del 2023 y sin duda trae excelentes beneficios a los administradores, comités y copropietarios de edificios y condominios, ya que les facilitará la obtención de una vida en comunidad mejor regulada.

¿Por qué es importante esta nueva ley?

Porque la antigua ley 19.537 ya tiene más de 20 años de vigencia, tiempo en que el tipo de construcciones en Chile han tenido una fuerte tendencia a la construcción vertical, más que horizontal. Y los edificios que son cada vez más altos y con mayor capacidad, manifiestan algunos problemas de vida comunitaria, como por ejemplo la morosidad de las obligaciones económicas.

Entonces, esta nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria ayudará a que éstos u otros temas, puedan resolverse y mejorar así la vida en comunidad.

¿Cuáles son los principales cambios que trae esta actualización de la ley?

Acreditación de administradores

Los administradores deben acreditarse con su licencia de enseñanza media y contar con la capacitación y certificación del curso de Administración de Edificios y condominios, impartido por una institución de educación superior del estado o reconocida por este, organismo técnico de capacitación acreditado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo o un centro acreditado por la comisión del sistema nacional de certificación de competencias laborales, Chile Valora. Como Edifito es una OTEC, está habilitado para certificar este curso.

Tenencia de mascotas

No se podrá prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios, arrendatarios u ocupantes del condominio, dentro de las respectivas unidades. Además, se podrá regular el uso de los espacios comunes para las mascotas.

Conformación del comité de administración

Este podrá incluir a los arrendatarios que cuenten con la representación del copropietario del condominio. Además, de las personas naturales propietarias en el condominio, cónyuges, convivientes civiles, mandatarios o representantes de un copropietario con poder suficiente y que además, cuenten con poder notarial.

El libro de acta de las asambleas

Ya sea en papel o en formato digital, es relevante destacar que se debe asegurar su respaldo.

Para tales efectos, el notario debe asistir a las asambleas extraordinarias, así como los miembros del comité de administración o copropietarios designados, quienes tendrán que firmar el libro de actas de manera presencial o digital, dentro de los 30 primeros días luego de llegar a la adopción de un acuerdo.

Seguro de incendios

La contratación del seguro colectivo contra incendios en el condominio o edificio, deberá realizarse según las exigencias, las normas de procedimientos y las excepciones que establezca el reglamento de esta ley, así como la normativa que sea dictada por la comisión para el mercado financiero.

Una de las novedades de la ley es que este seguro será exigible en aquellos condominios o edificios que no tengan departamentos, casas u oficinas con destino habitacional, a excepción de que el reglamento de copropiedad del condominio establezca otra cosa.

Obligaciones económicas

Se inserta el concepto de obligaciones económicas, tales como, gastos comunes ordinarios y extraordinarios,  del fondo común de reserva o del operacional inicial, multas, intereses, primas de seguros u otros.

Actualizar el reglamento de copropiedad es OBLIGATORIO

El 13 de abril del 2023 vence el plazo para actualizar el reglamento de copropiedad de tu comunidad y así cumplir con la ley 21.442. No le des largas y, ¡solicita tu actualización ahora en www.actualizatureglamento.cl!