¿Se pueden realizar asambleas online en condominios?

Sí, se pueden realizar asambleas online o mixtas. La Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Ley 21.442) lo permite explícitamente, siempre que el Reglamento de Copropiedad lo autorice y se utilicen medios que garanticen una participación y votación efectiva y simultánea. 

Para que una asamblea telemática sea totalmente legal y válida, debes tener en cuenta lo siguiente:

  • Autorización: El reglamento debe contemplarlo; sin embargo, para condominios con reglamentos antiguos, la ley presume la autorización a menos que se haya acordado lo contrario. 

  • Citación: Debe realizarse con un plazo de 5 a 15 días corridos de anticipación, enviando un aviso a los correos electrónicos registrados y utilizando una plataforma segura. 

  • Plataformas: La tecnología utilizada debe permitir identificar a los participantes, exponer temas claramente, debatir y realizar votaciones verificables. 

En EDIFITO se integran herramientas para gestionar las citaciones, asistir virtualmente y realizar consultas o votaciones en línea, cumpliendo con los requisitos de la normativa vigente.